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20 errores que el SAT no te perdonará - Parte II

Al deducir gastos

Error 10. Se deducen gastos como compra de despensa, teléfono del domicilio particular, entre otros.
Cómo evitarlo: Sólo se pueden deducir los gastos que sean estrictamente necesarios para realizar la actividad del negocio o empresa.

Error 11.  Se deducen los honorarios médicos, dentales, gastos hospitalarios, de funerales o donativos en las declaraciones provisionales mensuales.
Cómo evitarlo: Los gastos anteriores son deducibles para las personas físicas pero sólo al efectuar la declaración anual.

Error 12. Se deducen gastos sin tener factura, recibo de honorarios o arrendamiento con todos los requisitos o sólo con  la nota de compra.
Cómo evitarlo: Para deducir cualquier gasto, compra o inversión, es necesario que tenga el comprobante, ya sea la factura, el recibo de honorarios o arrendamiento. Las notas de venta o remisión no son suficientes para poder deducirse, si lo haces, la autoridad podrá imponer sanciones y cobrar los impuestos no pagados con actualización y recargos.

Error 13. Se deducen gastos con comprobantes expedidos a nombre de otra persona.
Cómo evitarlo: Para que pueda deducir cualquier gasto, la factura, recibo de honorarios o arrendamiento debe estar a su nombre, de lo contrario no es deducible.

Error 14. Se deduce la compra de automóvil, así como los gastos relacionados con el mismo, cuando el dicho vehículo es de uso personal o familiar.
Cómo evitarlo: Las inversiones en automóviles, así como los gastos relacionados con los mismos sólo son deducibles si se utilizan exclusivamente en la actividad por la que se obtienen los ingresos.

Relacionados con los comprobantes fiscales

Error 15.  El contribuyente presentó aviso de suspensión de actividades por haber dejado de laborar o por haber cerrado su negocio; sin embargo, posteriormente reinicia actividades y expide recibos o facturas sin dar aviso de reanudación de actividades al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Cómo evitarlo: Si suspendes actividades, y posteriormente reinicias, ya sea en el mismo régimen o en otro, debes dar aviso de reanudación de actividades al SAT  para poder expedir comprobantes fiscales,  y en su caso, debes realizar la actualización de actividades económicas y obligaciones que corresponda según tu nueva actividad.

Error 16.  Cuando se realizan ventas o se prestan servicios al público en general, algunos contribuyentes no proporcionan notas de venta a los clientes, o si tienen máquina de comprobación fiscal no expiden el ticket.
Cómo evitarlo: Cuando se realizan ventas o se prestan servicios al público en general, y los clientes no solicitan factura, se les debe proporcionar una nota de venta o, en su caso, el ticket de la máquina registradora de comprobación fiscal, independientemente de que lo pidan o no. No proporcionar comprobantes fiscales de las ventas o servicios es una infracción y es sancionado con multa y/o clausura del establecimiento.
Si no expides comprobantes tus clientes pueden denunciarlo ante el SAT para que seas sancionado, también puedes denunciar a los proveedores que no cumplan con esa obligación.

Error 17. Una persona que está  inscrita como arrendador de inmuebles, decide abrir un negocio y manda  imprimir facturas con la Cédula de Identificación Fiscal que ya tiene, sin dar aviso al SAT.
Cómo evitarlo: Si una persona decide realizar una actividad distinta o adicional a la que tiene manifestada ante el SAT, debe presentar un aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones, una vez realizado este movimiento puede mandar a imprimir  los comprobantes fiscales y presentar las declaraciones de cada uno de sus regímenes.

Error 18.  Presenta un aviso de cambio de domicilio fiscal y no obstante ello continúa expidiendo facturas o recibos con el domicilio anterior.
Cómo evitarlo: Una vez que se presenta el aviso de cambio de domicilio fiscal, los comprobantes que se expidan con posterioridad deben contener el nuevo domicilio que se haya manifestado ante el SAT.

Relacionadas con la contabilidad

Error 19.  Entregar documentos originales al contador o gestor, tales como facturas, relación de ingresos y gastos, para que declare y haga el pago de los impuestos, y no solicitar que los devuelva, o pedir el original del acuse de recibo para comprobar que se presentaron las declaraciones.
Cómo evitarlo: Todos los documentos fiscales originales se deben conservar por un periodo de cinco años en el domicilio fiscal que está señalado ante el SAT,  por lo que se le sugiere no proporcione los originales a otras personas y que solicite siempre al contador el acuse de recibo de las declaraciones presentadas.
La contabilidad, incluye las facturas, de los ingresos y las deducciones, los libros de registro, las declaraciones, entre otros documentos.

Error 20.  No llevar el libro o libros de contabilidad
Cómo evitarlo: Generalmente todos los contribuyentes están obligados a llevar contabilidad, es decir, a efectuar los registros de ingresos y gastos en libros, ya sea de forma simplificada o general, dependiendo del régimen fiscal en el que se hayan dado de alta; si no lo hacen reciben una sanción. Para saber más acerca de los libros de contabilidad, visite el Módulo de Asistencia al Contribuyente más cercano a usted y consulte su caso concreto.

Si tienes alguna duda específica sobre tu contabilidad o el pago de tus impuestos, ¡envíanos tu pregunta! Nosotros te podemos ayudar.

Fuente: http://www.cnnexpansion.com

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