Formas migratorias
La forma migratoria para los extranjeros con calidad de No Inmigrante, en todas sus características, es la FM3, la cual se otorga a aquéllos cuya permanencia en el país es temporal, ya sea por su objeto o actividad. Puede ser expedida por las autoridades consulares, que presenta la firma del funcionario y el sello de la oficina que la expide. La FM3 contiene:
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Los datos generales del extranjero.
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Los datos de su situación migratoria.
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Los números del Registro Nacional de Extranjeros y de expediente migratorio.
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El domicilio del extranjero en la República Mexicana.
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Las páginas para anotar las autorizaciones de prórrogas a la estancia del titular, así como los cambios de domicilio, actividad y estado civil.
Inmigrante es el extranjero que se interna legalmente en el país con el propósito de radicarse en él, en tanto adquiere la calidad de inmigrado. La forma migratoria necesaria para todos los extranjeros con la calidad de Inmigrante en todas sus características migratorias es la FM2.
El Inmigrado es el extranjero que adquiere derechos de residencia definitiva en el país. Dicha calidad podrá obtenerse por los inmigrantes que:
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Tengan residencia legal en el país durante cinco años.
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Cumplan con las disposiciones de la Ley General de Población y su reglamento.
- Sus actividades hubiesen sido honestas y positivas para la comunidad.
Importante: El Gobierno Federal anunció reformas importantes en la Ley de Migración del país, desde mayo de este año, las cuales se espera entren en vigor en noviembre de este año. Estaremos actualizando la página con información a este respecto, te recomendamos estar pendiente.
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